Los contratos sindicales son acuerdos bilaterales plurianuales entre el sindicato y el empleador. Un contrato sindical codifica los términos y condiciones de empleo de los miembros del sindicato, así como las obligaciones y responsabilidades del empleador. Los miembros del sindicato se refieren a sus contratos sindicales cuando tienen preguntas sobre sus salarios, cuánto paga la empresa por los beneficios o qué pasos tomar cuando no están de acuerdo con las decisiones de su supervisor.
La negociación colectiva
Un contrato sindical también se denomina convenio colectivo. El proceso de negociación de los contratos sindicales involucra dos comités: uno que representa los intereses de los miembros del sindicato y otro que representa los intereses de la gerencia. El comité del sindicato generalmente está formado por el presidente local del sindicato, un agente comercial del sindicato y un delegado del sindicato. El comité de empleadores puede estar formado por el líder del departamento de recursos humanos o el presidente de la empresa, así como por un abogado con experiencia en derecho laboral y laboral. Las pequeñas empresas pueden confiar en su asesor legal para que sea el negociador principal durante las negociaciones. Negociación colectiva es el término utilizado para describir el proceso de negociación utilizado específicamente para contratos sindicales o convenios colectivos.
componentes
Los contratos sindicales tienen varios componentes, incluidas las secciones que detallan los acuerdos sobre salarios, beneficios, horarios de trabajo, licitación de turnos basada en la antigüedad, horarios de vacaciones y el proceso para manejar las quejas. Las dos cláusulas principales que las partes acuerdan al principio de las negociaciones se refieren a los derechos de la dirección y cómo se pagan las cuotas sindicales. La cláusula de derechos de administración preserva los derechos del empleador para operar el negocio a su discreción. La cláusula de verificación de cuotas obliga al empleador a deducir las cuotas sindicales de los cheques de pago de los empleados y remitir el monto total al sindicato mensualmente.
Acuerdo provisional
Cuando el sindicato y el empleador llegan a un acuerdo tentativo, redactan lo que se llama un memorando de entendimiento o MOU. El MOU contiene todos los elementos de un contrato final, pero aún no ha sido ratificado por los miembros del sindicato. Las partes se toman aproximadamente un día para revisar el MOU y volver a reunirse para negociar los detalles finales y los asuntos pendientes. Al llegar a un acuerdo final, el sindicato busca la ratificación de sus miembros sindicales. La ratificación es el proceso mediante el cual los miembros del sindicato aceptan un contrato sindical. El comité de negociación del sindicato presenta el acuerdo a los miembros del sindicato, quienes votan para aceptar o rechazar el acuerdo.
Buena fe
La Ley Nacional de Relaciones Laborales rige el proceso de negociación colectiva al exigir esfuerzos de buena fe tanto del sindicato como del empleador. Negociar de buena fe incluye programar sesiones de negociación en momentos mutuamente convenientes, asistir a las sesiones de negociación preparado para negociar y abstenerse de comportamientos o acciones que intimiden a otros en la sesión de negociación. El evasión y la realización de demandas irrazonables se consideran acciones de mala fe que violan el acto. La Junta Nacional de Relaciones Laborales es la agencia federal que hace cumplir la ley; la junta interviene cuando el sindicato o el empleador no pueden negociar de buena fe.