Los Artículos de Incorporación, también conocidos como Certificado de Incorporación, Certificado de Organización o Certificado de Formación, es la herramienta que se presenta al secretario de estado con el propósito de la incorporación. Este documento legal funciona como una licencia estatal para formar una corporación. En Texas, los formularios 201 al 208 se utilizan, según el tipo de empresa que esté formando, para la incorporación a través de la secretaria de estado. Cinco artículos en estos formularios especifican la información que debe proporcionar.
Nombre de la corporación (artículo 1)
Debe proporcionar un nombre corporativo que no sea igual o similar al nombre de una entidad de presentación existente, ya sea nacional o extranjera. Tampoco puede ser igual o similar a cualquier registro de nombre con el secretario de estado. Utilice el sistema SOSDirect del sitio web de la Secretaría de Estado de Texas para buscar disponibilidad de nombres. La aprobación final para el nombre no se da hasta que el documento sea procesado por el secretario de estado. También se incluye con el nombre el tipo de entidad: con fines de lucro, sin fines de lucro, asociación profesional, sociedad de responsabilidad limitada u otro tipo de negocio. También se incluye una fecha específica de terminación de la incorporación, si corresponde.
Agente registrado y domicilio social (artículo 2)
El agente registrado no es la corporación, sino la persona que recibiría el servicio de proceso en nombre de la corporación. Un agente registrado suele ser un residente de Texas, pero también puede ser una entidad nacional o extranjera registrada para hacer negocios en Texas. El domicilio social es una dirección física donde se puede contactar al agente registrado durante el horario comercial. No puede ser un servicio de buzón de correo o un servicio de contestador telefónico.
Directores (artículo 3)
El artículo 3 requiere que proporcione los nombres y direcciones de la junta directiva o de quienes manejan las decisiones comerciales hasta la reunión de accionistas. Debe figurar al menos un director; no hay requisitos de residencia.
Acciones (artículo 4)
El artículo 4 requiere que indique el número total de acciones que la corporación está autorizada a emitir. Hay dos opciones. Uno es el "valor nominal", lo que significa que hay un monto mínimo en dólares establecido para cada acción que se emitirá. La segunda opción es “sin valor nominal”, lo que significa que las acciones se emitirán por un monto determinado por la junta directiva.
Objeto (artículo 5)
El propósito descrito en el artículo 5 es relativo al tipo de negocio. Por ejemplo, el propósito de un negocio con fines de lucro es realizar un negocio legal en el estado de Texas. Una organización sin fines de lucro o profesional proporcionaría una declaración comercial específica que forma una base para otorgar una licencia o un estado exento de impuestos o deducible de impuestos.